martes, 28 de julio de 2026

Meritxell Serret, la primera amnistiada


La decisión del Tribunal Supremo de aplicar la Ley de Amnistía a Meritxell Serret trasciende la situación personal de la exconsellera de Agricultura del gobierno que presidió Carles Puigdemont. Esta resolución señala el camino que el Supremo parece dispuesto a recorrer en la aplicación efectiva de la ley de amnistía y anticipa un nuevo capítulo en el largo recorrido judicial del procés. Probablemente se trate de una de las decisiones más relevantes adoptadas en los últimos meses sobre las consecuencias judiciales del otoño catalán de 2017. Extraña que haya pasado casi desapercibida, que apenas se le haya dado bombo informativo. O no.


Escribió Stefan Zweig que la historia no avanza siempre con estrépito, que muchas veces cambia de dirección en silencio, mientras casi nadie presta atención. Quizá esta resolución pertenezca a esa categoría aunque cueste tener que admitirlo, habida cuenta del ruido y la furia con que se actuó contra los políticos catalanes en el otoño de 2017. Si les parece, hagamos un poco de memoria: en septiembre de aquel año, el Parlament de Catalunya aprobó las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica y el Govern de la Generalitat decidió mantener la convocatoria del referéndum que, para escarnio de quienes no lograron impedirlo, se celebró pacíficamente el 1 de octubre a pesar de la violencia con la que se intentó impedir que las urnas cumplieran su función. Urnas que, por cierto, los cuerpos de seguridad del Estado no consiguieron encontrar hasta que no estuvieron ya en las mesas electorales.


Como el resto de miembros del Ejecutivo catalán, Meritxell Serret participó en los acuerdos del Consell Executiu que permitieron seguir adelante con la organización de la consulta y aquí es donde está el origen de la causa penal que se abrió contra ella. Tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución y el cese del Govern, el president Carles Puigdemont y varios de sus consellers —entre ellos Antoni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig y la propia Meritxell Serret— abandonaron España y se establecieron en Bélgica.  


En marzo de 2021, Serret decidió regresar voluntariamente para comparecer ante el Tribunal Supremo. La razón era que los hechos que se le atribuían no incluían malversación, sino exclusivamente un delito de desobediencia, situación procesal mucho menos gravosa que la del resto de sus compañeros. 


Aún así dos años después, en abril de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya la condenó por un delito de desobediencia grave. La sentencia consideró probado que había ignorado consciente y deliberadamente los requerimientos del Tribunal Constitucional que ordenaban impedir cualquier actuación dirigida a celebrar el referéndum del 1 de octubre, y la pena consistió en un año de inhabilitación especial para cargo público y una multa de 12.000 euros. No fue condenada a prisión.


A partir de ahora, la resolución del Supremo conocida este lunes 27 de julio extingue esa responsabilidad penal al considerar por fin que los hechos encajan dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Amnistía. La consecuencia jurídica es clara: desaparecen tanto la condena como sus efectos penales. La importancia de esta decisión va mucho más allá del caso de Serret. Hasta ahora, el Tribunal Supremo había mantenido una interpretación restrictiva respecto de algunos de los principales dirigentes del procés. La amnistía de Serret demuestra que, al menos para los condenados exclusivamente por desobediencia, el alto tribunal considera plenamente aplicable la ley.


Eso convierte esta resolución en un precedente relevante. No significa que todos los procedimientos pendientes vayan a resolverse automáticamente del mismo modo, porque, según los entendidos, cada causa presenta circunstancias distintas. Pero sí constituye la primera ocasión en que el Supremo amnistía a un miembro del Govern que compartió con Puigdemont la decisión de abandonar España tras la crisis institucional de 2017.


Esta resolución señala pues el camino que el Supremo parece dispuesto a recorrer en la aplicación efectiva de la ley de amnistía y anticipa lo que puede que sea un nuevo capítulo en el largo recorrido judicial del procés. Sobre la rapidez o lentitud de todo esto, al menos hoy me abstendré de hacer valoraciones.


P.D. Tras acabar de escribir este artículo, surge una novedad: el Tribunal Supremo ha decidido hoy aplicar también la aministía a Lluís María Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó, cuatro de los miembros de la Mesa del Parlament de Catalunya que en 2017 permitieron la tramitación de la declaración de independencia de Catalunya y de las leyes de desconexión. En 2023 fueron condenados por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya a cuatro meses de inhabilitación. 


Lo dicho, tacita a tacita y cuando ya no les queda más remedio.


J.T.

No hay comentarios:

Publicar un comentario