Por fin, según contaba este jueves Carlota Guindal en La Vanguardia, parece que los miembros del Tribunal Constitucional (TC) se disponen a pronunciarse sobre los recursos de amparo presentados por los políticos del procés a los que el Supremo no aplicó de la ley de amnistía, sobre todo por la interpretación que este órgano hizo del delito de malversación. La mayoría progresista del TC considera, según los borradores y las informaciones conocidas, que el Supremo pudo haberse pasado de frenada al interpretar la ley según se deduce de tres artículos de la Constitución.
- El primero es el artículo 24, que protege el derecho a la tutela judicial efectiva. Dicho sin toga: todo ciudadano tiene derecho a que los tribunales resuelvan sus asuntos de manera razonada y conforme a la ley y a no quedar indefenso.
- El segundo es el artículo 23, que protege la participación política. La tesis del Constitucional sería que mantener determinadas inhabilitaciones derivadas de unas penas que podrían quedar amnistiadas afecta también a los derechos políticos de los condenados.
- Y el tercero es el artículo 25, que establece el principio de legalidad penal. Si una ley decide borrar determinadas responsabilidades penales, mantenerlas por una interpretación especialmente restrictiva de esa misma ley plantea un problema constitucional.
El meollo está en las acusaciones de malversación. La ley de amnistía excluye determinados delitos de corrupción cuando existe beneficio patrimonial o enriquecimiento personal. El Supremo entendió que utilizar dinero público para organizar el referéndum del 1 de octubre podía constituir ese beneficio personal. El Constitucional parece inclinarse por una interpretación diferente: gastar dinero público para financiar el procés no ha de equivaler necesariamente a enriquecerse personalmente. Por tanto, si el TC ribunal confirma esta doctrina, el Tribunal Supremo se verá obligado a revisar su decisión.
¿Y Puigdemont?
Su regreso tampoco sería automático al día siguiente.
Primero tendría que aprobarse definitivamente la doctrina constitucional.
Después, el Supremo debería aplicarla a su caso.
Y finalmente tendría que levantar las órdenes de detención que todavía pesan sobre él.
En resumen, que entre el “el Constitucional amnistía a Puigdemont” y “Puigdemont puede coger un avión a Barcelona sin miedo a ser detenido” hay por medio varios trámites jurídicos.
Veamos:
1. En un pleno a celebrar el próximo martes 6 de octubre, el TC prevé formalizar su aval para amnistiar la malversación en el procés.
2. A partir de ahí, al controvertido juez Pablo Llarena no le quedará más remedio que aplicar la doctrina que dicte el Alto Tribunal. La mayoría de expertos en el asunto consideran que, en consecuencia, lo previsible es que levante la orden nacional de arresto que aún pesa sobre Puigdemont y ka causa quede archivada.
3. Quedará aún el escollo de Vox, la única parte contraria a la amnistía presente en la causa. Los fascistas podrían recurrir aún bien ante el juez instructor o ante la Sala de lo Penal del Supremo. Quienes han seguido de cerca toda esta historia aseguran que “es improbable que Llarena se autoenmiende o que lo haga la Sala.” Veremos.
4. Aún así, el Tribunal Supremo todavía podría poner algún palo en las ruedas: podría dilatarlo todo más aún si enviara “nuevas cuestiones prejudiciales” al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero esto parece poco probable dado que este mismo tribunal avaló ya la amnistía hace unos meses.
5. El paso definitivo para que Puigdemont pueda volver sin riesgo de arresto se producirá cuando el Tribunal Supremo deje sin efecto la orden nacional, europea e internacional de detención que pesa sobre él.
Llegados a este punto, será el propio Carles Puigdemont que tome la decisión definitiva de cuándo regresar. Tiene tres posibilidades:
1. Cuando Llarena anule las órdenes de detención tanto del ex president como del resto de encausados.
2. Cuando se archive definitivamente la causa.
3. Cuando la Sala de lo Pena del Tribunal Supremo dé el carpetazo definitivo al asunto.
Para desesperación de aquellos a quienes nos gustan los titulares de una sola línea, la justicia funciona con expedientes, recursos, resoluciones y plazos. Así que el próximo capítulo no será todavía el regreso triunfal del protagonista. Será algo bastante más español: un tribunal diciendo cómo debe interpretar una ley, otro teniendo que estudiarlo y todos esperando a ver cuándo cae la breva.
No sé por qué me ha venido en este momento a la cabeza aquel conocido refrán: “Cuidado con lo que deseas, no vaya a ser que al final se cumpla”.
Malpensado que es uno.
J.T.









